top of page

SUBSIDIO DE VIVIENDA PARA AFILIADOS
GENERALIDADES
Vigencia del Subsidio de Vivienda

ARTÍCULO 2.1.1.1.1.4.2.5 Decreto 1533 de 201. Vigencia del subsidio. La vigencia de los subsidios de vivienda de interés social asignado por la Caja de Compensación Familiar con cargo a recursos parafiscales será de treintra y seis (36) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de su asignación.

Parágrafo 4°. Las Cajas de Compensación Familiar podrán prorrogar, mediante acta suscrita por el Representante Legal de la misma, la vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a sus afiliados por un plazo no superior a veinticuatro (24) meses.

Los afiliados interesados en conocer las prórrogas aprobadas por el Representante Legal de La Caja, podrán realizar la consulta a través de los Centros Integrales de Servicios.

firma de contrato casa comfenalco

La aceptación de la prórroga está a potestad de la decisión que tome el Representante Legal de Comfenalco. Una vez finalizado los tres años el subsidio por ley se debe reintegrar a Comfenalco  para que sea asignado a un nuevo hogar. 

 

Nota: Para los subsidios asignados antes del 26 de agosto de 2019, se regirá por lo siguiente:

Los valores del subsidio están sujetos a los ingresos del hogar.

La vigencia se cumple según lo reglamentado en el Decreto 1077 de 2015 Artículo 2.1.1.1.1.4.2.5, será de doce (12) meses calendario, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de su asignación.  ”La Caja podrá ampliar la vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a sus afiliados por un plazo no superior a doce (12) meses, prorrogable máximo por doce (12) meses más. Para los casos en los que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas, antes de los vencimientos de los subsidios.”

Desembolso del subsidio

El constructor u oferente debe iniciar el proceso de solicitud de desembolso, radicando los documentos requeridos ante la Caja de Compensación Comfenalco en cualquiera de los Centros Integrales de Servicios (CIS). 

Valores Vivienda de Interés Social

Para los municipios que no se encuentren dentro de las aglomeraciones, el tope de Vivienda de Interés Social (VIS) se mantendrá en ciento treinta y cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (135 smlv).

Así mismo, el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1467 de 2019, establece como precio máximo de la Vivienda de Interés Social (VIS), la suma de ciento cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (150 smmlv). Cabe aclarar, que esta definición solo aplica para las aglomeraciones urbanas definidas por el Conpes, (Ver Decreto 1467 de 2019,),  para el caso de Bolívar aplica para aquellas viviendas que se ubiquen en los siguientes municipios:

Subsidio de Vivienda Concurrente

Con la expedición de Decreto 1533 del 26 de agosto de 2019 los hogares afiliados a COMFENALCO, que cumplan los siguientes requisitos, podrán aspirar a recibir dos subsidios de vivienda, uno de estos, por valor de hasta 30 SMMLV  otorgado por COMFENALCO y otro hasta por 20 SMMLV  por parte del Gobierno Nacional, gestionado a través de las entidades financieras que se encuentran inscritas para el programa “Mi Casa Ya”, previo cumplimiento de los requisitos de ley.

Requisitos:

Hogares con ingresos hasta 2 SMMLV 

  • Los hogares deben tener asignado un SFV vigente y sin aplicar otorgado por las CCF.

  • El hogar debe inscribirse a “Mi Casa Ya”,  con el mismo grupo familiar asignado por la CCF.

  • Los hogares deben ser sujetos de crédito o de operación de leasing habitacional.

Como obtener el subsidio concurrente:​​

  1. Los afiliados interesados deberán presentar primero la postulación en Comfenalco.

2.  Aplica también para subsidios asignados con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto siempre y cuando el subsidio este vigente y sin aplicar, por lo tanto no es necesario presentar renuncia y volverse a postular.

3. Una vez sea asignado el subsidio por Comfenalco, enviaremos las bases de datos de los hogares asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

4. Tan pronto las entidades financieras inscritas en el programa Mi Casa Ya, tengan la base de datos actualizada con los beneficiarios de subsidios de las Cajas de Compensación, podrán recibirlas postulaciones para la concurrencia.

5. Posteriormente, los hogares podrán acercarse a las entidades financieras del programa Mi Casa Ya, con fotocopia de la carta de asignación del subsidio de vivienda vigente, asignado por Comfenalco, para solicitar el crédito hipotecario y el subsidio concurrente.

6. Los hogares que ya fueron habilitados por FONVIVIENDA dentro del programa Mi Casa Ya, si desean solicitar el subsidio concurrente, deben presentar la novedad a través de la entidad financiera.

Nota: La concurrencia de subsidios aplica únicamente a través del programa “Mi Casa Ya”, inicia con la asignación del subsidio de vivienda otorgado por Comfenalco, hasta por 30 SMMLV y continúa el trámite con la obtención del subsidio de FONVIVIENDA hasta por 20 SMMLV (Tenga en cuenta que el grupo familiar debe coincidir y no puede modificarse).

bottom of page